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martes, 29 de enero de 2019

GOBIERNOS DISTINTOS QUE HACEN LO MISMO: AUSTERIDAD Y AJUSTE


Cuando los ángeles hacen política: seguridad y corrupción
Miguel Angel Barrios y Norberto Emmerich
Clarín, domingo 20 de enero de 2019

Los últimos gobiernos latinoamericanos electos basaron su campaña en la lucha contra la inseguridad y la corrupción, con candidatos que instalaron estas temáticas como los ejes centrales de la vida nacional en sus respectivos países, sin cuestionar el orden social.
Así lo hizo Mauricio Macri en Argentina, luego Andrés Manuel López Obrador en México y finalmente Jair Bolsonaro en Brasil. La relativa novedad de gobiernos distintos con iguales programas se sintetiza en la política de ajuste fiscal que todos llevan adelante, desde la izquierda republicana a la derecha autoritaria.
Apenas Jair Bolsonaro solicitó la prohibición de enjuiciamiento a los policías por hechos cometidos en servicio cuando se desató una ola de atentados en Ceará, al nordeste del país. El nuevo presidente justifica lo primero por lo segundo, pero se percibe que la inhibición a los policías no brinda seguridad a los brasileños sino impunidad al Estado.
El martes 1° el gobernador Camilo Santana solicitó el envío de tropas federales, las que recién arribaron al nordeste el viernes 4 reafirmando la idea de que la impunidad se acompaña dela incapacidad de gestionar adecuadamente los asuntos públicos.
El año 2018 cierra en México con la estadística de homicidios más elevada desde que se realizan cómputos oficiales al mismo tiempo que la estrategia de combate a la corrupción desmantela desordenadamente la capacidad de inteligencia criminal de la burocracia estatal.
En Argentina la emergencia de seguridad fue prorrogada año tras año hasta el pasado 31 de diciembre de 2018. El ministerio de Seguridad lanza un Reglamento General para el Uso de las Armas de Fuego (Resolución 956/2018) que otorga a las fuerzas federales mayor libertad para disparar “en situaciones de peligro inminente”, con criterios diferentes a los previstos por Naciones Unidas para circunstancias similares.
Mientras Argentina autoriza la participación militar en tareas de apoyo logístico en las fronteras y busca también crear una fuerza militar de reserva con 10 mil civiles, México discutirá en pocos días la creación de una Guardia Nacional integrada por 50 mil policías y militares para el combate contra el crimen organizado. Brasil autorizará por decreto que todos los ciudadanos puedan portar armas de fuego incluso en público. Con 64 mil homicidios en 2017 (más del doble que México) el debate ha encendido todo el país.
Transparencia Internacional afirma que más del 61% de las personas en México consideran que su policía es corrupta y el 51% afirma haber pagado sobornos para acceder a servicios públicos, sobretodo de seguridad. En Brasil la Operación Lava Jato fue el mayor escándalo de corrupción en la historia y llevó a 118 condenas de prisión. México ocupa el lugar 123, Argentina el lugar 95 y Brasil el lugar 79 en el Indice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional. Los problemas son reales, pero la combinación de militarización y ajuste no brinda ni seguridad ni transparencia.
Los nuevos gobiernos se muestran con éxito como la “novedad” frente a la herencia corrupta de los anteriores y convocan a un fortalecimiento de los instrumentos punitivos en manos de la fuerza pública para “combatir” el delito (Guardia Nacional, prohibición de enjuiciamiento, Reglamento para el Uso de Armas de Fuego) y la corrupción mientras reducen el presupuesto público (plan de austeridad de López Obrador), lanzan planes de privatización (“en Brasil se privatizará todo lo que se pueda”) o ajustan las alzas salariales.
El angelical entendimiento que predica que gobernar bien es tomar buenas e inconsultas decisiones desde arriba hacia abajo se contradice con la idea política de conflicto, confrontación y debate ciudadano mediante los cuales se adoptan estrategias democráticas socialmente sustentables.

lunes, 8 de octubre de 2018

INVESTIGADOR DEL CEEYPP PARTICIPA EN JORNADA INTERNACIONAL

2da Jornada sobre la Reinserción de la Argentina en el Mundo


Juan Pablo Calderón Patiño, investigador senior del CEEYPP, fue invitado a participar en la 2º Jornada sobre la Reinserción de la Argentina en el mundo.
La misma es organizada por la Universidad Austral y se realizará el martes 9 de octubre en el Congreso de la Nación Argentina.



La Escuela de Política, Gobierno y Relaciones Internacionales organiza nuevamente La 2da Jornada sobre la Reinserción de la Argentina en el Mundo ” Los Desafíos de una Inserción Inteligente” .

Entre los ejes centrales que abordará la Jornada se encuentran:
  • Presidencia Argentina del G20
  • Estado Actual de la Política Exterior Argentina
  • Panorama Latinoamericano
  • Relaciones Comerciales con Asia
La Jornada se desarrollará el martes 9 de octubre de 9:00 a 18:00 h. en el Congreso de la Nación Argentina, Av. Rivadavia 1864, CABA

La inscripción es no arancelada, pero requiere de inscripción previa ya que los cupos son limitados.

Puede ir reservando su vacante haciendo clic acá.

Organiza:
Escuela de Gobierno

Lugar del evento:
Congreso de la Nación Argentina | Av. Rivadavia 1864, CABA

Contacto:
Admisiones Escuela de Gobierno - informesfd@austral.edu.ar

lunes, 8 de agosto de 2016

COLOMBIA ES EL MODELO DE LA POLICIA ARGENTINA

La participación de Estados Unidos y Colombia en el entrenamiento de policías argentinos
Dr. Norberto Emmerich. IESAC – Ciudad Juárez

No es novedad que la visita del presidente Obama a la República Argentina en el pasado mes de marzo colocó el eje central de las relaciones bilaterales en la seguridad. Al igual que sucede y seguirá sucediendo paulatinamente con los distintos gobiernos sudamericanos progresistas, Estados Unidos impulsará el giro a la derecha mediante la implantación de una agenda cargada de objetivos estratégicos pero con la securitización como medio de penetración política.
Precisamente la seguridad no ha gozado de una visión realmente progresista por parte de los gobiernos de la región, que han acumulado iniciativas represivas amparadas en una negociación conversacional de derechos humanos, cooperación e inclusión social que en todos los casos guardaba sepulcral silencio sobre los consumidores y los traficantes. La situación carcelaria es el mejor indicador del desconocimiento de los derechos humanos más allá de la pantalla de los medios de comunicación.
A partir de la incipiente reincorporación al patio trasero estadounidense ya no importará la ideología de los gobiernos (izquierda, centro, derecha) la cual se montaba sobre una realidad objetivamente conflictiva en cada escenario nacional. Hasta no hace mucho una situación de guerra interior permitía comprender que, aunque el gobierno de Colombia pudiera estar dispuesto a analizar medidas alternativas, tenía menos capacidad de renunciar a un tratamiento “represivo” del tema. En el caso de Guyana, su ubicación geográfica en el circuito del tráfico intercontinental de drogas también admitía un enfoque más “represivo”, mientras que Uruguay, tradicionalmente con mayor cultura cívica, pequeño y poco poblado, podía experimentar políticas públicas de libre consumo y estatalización del mercado. En todos los casos, sin embargo, la ideología de cada gobierno era central al momento de atribuir a dicho factor geopolítico la justificación de políticas más (Colombia) o menos (Uruguay) represivas. 
Aunque en términos de políticas públicas había notorias diferencias entre los países, en términos de discurso se hacía un gran esfuerzo por solapar las ideologías, escudados tras los conceptos comúnmente asumidos de “derechos humanos”, “inclusión social”, “proporcionalidad”, “responsabilidad compartida” y “evaluación multilateral”. La presión por lograr un vocabulario cohesionado pasó por encima de las diferencias existentes, creando una ilusión de progresismo, más intelectual que político. Nada de eso podrá seguir subsistiendo en la nueva atmósfera donde la cooperación regional en seguridad desconocerá las geopolíticas nacionales en favor de una visión continental de las “amenazas”, íntimamente afín a la estrategia exterior americana.
En los últimos años Colombia está intensificando sus esfuerzos por exportar su experiencia a otros países, con el apoyo de Estados Unidos. No está claro si este modelo de cooperación de seguridad está replicando los autodenominados éxitos de Colombia sin replicar al mismo tiempo sus fracasos en los ámbitos de la corrupción, los derechos humanos y la impunidad. Por lo pronto es bueno saber que es muy difícil obtener información sobre actividades específicas de Colombia más allá del siempre optimista e impreciso lenguaje de los comunicados oficiales.

Es cierto que los indicadores clave de la violencia en Colombia, como los secuestros, homicidios, desapariciones y desplazamientos forzados, han disminuido. Gracias a ello fue posible construir una "historia exitosa" de la guerra, estratégicamente utilizada por el gobierno de Santos para reposicionar a Colombia, convirtiendo a sus fuerzas de seguridad en saldos exportables, al ser abiertamente consideradas como unas de las más experimentadas del mundo en cuanto a la lucha contra el narcotráfico y la contrainsurgencia, en cierta medida por la prolongada capacitación recibida de Estados Unidos.
Desde el punto de vista de Estados Unidos la Secretaría de Estado hace una nueva lectura de la relación bilateral y sostiene que ayudar a Colombia “nos ayudará a ayudar a los demás", en un modelo donde el elemento clave es "dirigir desde atrás". Este enfoque de "intervención moderada" surgió en respuesta al rechazo de la opinión pública americana a la costosa intervención en asuntos militares de dudoso interés para las mayorías electorales, algo parecido a la política del buen vecino reemplazando al Corolario Roosevelt y el “big stick”.
Mediante la apelación a estos terceros "representantes", Estados Unidos crea una "negación plausible", mediante la cual evade el conocimiento o la responsabilidad sobre actividades impopulares o ilegales. Con Alvaro Uribe Vélez en la presidencia no había mucho interés regional en trabajar abiertamente con él, en virtud de su discurso antiterrorista sin matices. En el año 2010 la elección de Juan Manuel Santos cambió las narrativas sobre Estado fallido, irrespeto a los derechos humanos e instituciones democráticas deficientes y colocó con mucha facilidad la cooperación en seguridad en el centro de la política exterior, bajo el nombre de "Estrategia de Cooperación Internacional en Seguridad Integral", en realidad una cooperación triangulada de seguridad.
Los acuerdos firmados por la Argentina con Estados Unidos en marzo, promocionan la apertura comercial irrestricta, la asistencia en la Triple Frontera, la participación en misiones militares en Africa, el asilo a los refugiados sirios, la creación de Centros conjuntos de Inteligencia, la presencia de fuerzas de seguridad en el Comando Sur y la cooperación nuclear, entre otras cosas. Todo esto al precio de borrar la frontera entre seguridad y defensa, un insumo argentino que tanto esfuerzo costó establecer, pero que sin embargo ya había sufrido sus primeras tropelías con la pasada administración kirchnerista.
En términos de seguridad Estados Unidos asistirá a las fuerzas argentinas en la “lucha contra el terrorismo en la Triple Frontera”, permitirá que funcionarios argentinos se formen en la Academia Internacional de Policía, realicen viajes de estudios a Estados Unidos y sean capacitados por la DEA y el FBI, incluyendo el entrenamiento en las bases estadounidenses en territorio colombiano.
A la hora de concretar los acuerdos de marzo, la ministra de seguridad Patricia Bullrich se reunió con Jorge Hernando Nieto Rojas, el jefe de la policía nacional de Colombia, a fin de que la Argentina ingresara en el mecanismo de cooperación triangulada de seguridad. Pero los estándares de derechos humanos de la policía colombiana no son tan buenos. Según la Defensoría del Pueblo de aquel país hace dos meses se anunció en Colombia la “emergencia carcelaria”, en virtud de los problemas de hacinamiento, nula atención médica y 4.000 presos políticos, problemática que se lleva muy bien con la aprobación del nuevo Código de Policía y Convivencia, cuyo objetivo principal es regular el comportamiento de los ciudadanos en todo el territorio y dotar de nuevas herramientas a la Policía Nacional.
Entre otras cosas el nuevo Código de 244 artículos establece facultades para disolver las protestas sociales, permite el allanamiento sin orden judicial, la detención administrativa arbitraria y la imposición policial de multas penales. También establece la creación de centros de detención para borrachos e indigentes. Sus oponentes lo consideran represivo, arbitrario y dictatorial. Sobretodo consideran que un reglamento de este tipo no es coherente con un escenario de post conflicto, ya que el Código otorga mucha discrecionalidad a la policía y pone en riesgo algunas de las libertades ciudadanas.
Sin embargo, la Policía Colombiana puede mostrar buenos resultados. Mientras en 1995 la tasa de homicidios llegó a 70 cada cien mil habitantes, por encima de la media de Argentina o México, en 2016 la tasa bajó a 26, el punto más bajo en los últimos 40 años. Frente a estos datos no queda claro con qué objetivo la República Argentina se asociaría con Colombia, teniendo una tasa histórica de 5 homicidios cada cien mil habitantes.
La coincidencia entre las partes queda más clara al analizar el discurso. Nieto Rojas señaló que "nosotros atacamos el narcotráfico como un sistema criminal. Tenemos una estrategia de combate al narcotráfico y hemos tenido problemas en varios niveles, pero nos ha dado resultados. Si no los hubiéramos hecho, el que estaría hablando aquí sería un narcotraficante". Se refería a la penetración del narcotráfico colombiano en la política y en la justicia de su país, dejando en claro que las realidades entre Argentina y Colombia son absolutamente dispares, pero el discurso es único.
Bullrich se subió entusiasmada al estrado y dijo que "la coordinación tiene que ser permanente y total", adelantando el interés del Ministerio en lograr un intercambio similar con las fuerzas de seguridad de México, evidentemente sin saber muy bien de qué hablaba.
Por lo pronto quedarán aquí una decena de agentes colombianos en forma permanente como parte del acuerdo de cooperación. En el colmo del entusiasmo la ministra declaró que "nos interesa conocer mejor sus experiencias de trabajo en zonas conflictivas, como las intervenciones que se realizaron en Medellín", refiriéndose quizás a la Operación Orión, un exterminio muy desaconsejable en caso de que quiera repetirlo en la ciudad de Buenos Aires o en Rosario.

lunes, 27 de junio de 2016

LOS GARDELITOS, DE MINI PUNGAS A MEGA NARCOS

Los Gardelitos, la banda narco que sobrevive a todo
Dr. Norberto Emmerich. IESAC – Ciudad Juárez

El 7 de septiembre de 2003 un pequeño titular del diario Clarín decía “La más antigua de todas”. Se refería a “Los Gardelitos”, la banda de narcos del nordeste del Gran Buenos Aires que en aquel entonces ya tenía una larga trayectoria.
En el año 2013, 10 años después, se afirmaba que “Los Gardelitos ya no manejan directamente ningún puesto de venta de drogas (tal como hicieron en la década de los 90s para construir el poder)… Ahora, según investigaciones, tienen dos divisiones bien definidas. Por un lado producen cocaína de alta calidad que sería traficada a Europa en sociedad con bandas colombianas… El otro grupo elabora cocaína más barata, con no más del 25 o 30% de pureza, que es entregada a los capos barriales”. Por más de dos décadas esta pequeña organización del Gran Buenos Aires ha sobrevivido y mejorado su capacidad operativa. 
En una época histórica en que ni los Estados nacionales muestran tan prolongadas señales de persistencia en el tiempo, es útil comprender la capacidad de sobrevivencia, o sea de adaptación, de ciertas organizaciones del narcotráfico.
Los Gardelitos surgieron en la provincia de Tucumán y el nombre proviene de su fundador, “Chicho” Soria, quien cantaba a la gorra caracterizado como Carlos Gardel, mientras los chicos de la familia pungueaban al público.
De allí salieron expulsados en los años 80 tras ser masacrados un fatídico 31 diciembre, a pocas horas de terminar el año 1986, por el clan de los hermanos Ale, implicados en el secuestro de Marita Verón, la hija de Susana Trimarco, eternos protegidos de la dirigencia político-policial y señores de la droga y el fútbol en la provincia. En la provincia norteña Los Gardelitos era una banda de carteristas y mecheras con ramificaciones en varias provincias, enfrentados a los hermanos Ale por cuestiones “de polleras”.
Su llegada a Buenos Aires no fue pacífica. Todavía en el año 2011 seguían en guerra por el dominio de un pequeño territorio enclavado a las afueras de la Ciudad de Buenos Aires, específicamente en José León Suárez, en los viejos lotes rellenados de la “Operación Masacre”.
En ese entonces el partido bonaerense de San Martin tenía tres vértices narco: el de la Villa 18 con Miguel “Mameluco” Villalba, el de la Villa 9 de julio con Gerardo Goncebat y el de la Villa Korea, donde Los Gardelitos y Los Ranitas guerreaban día a día por el control del territorio. Los Gardelitos todavía no eran los grandes barones del narcotráfico de San Martín y San Isidro que fueron posteriormente, cuando se consagraron como los “warlords” victoriosos.
Los narcos argentinos siempre comprendieron que a la política se llega a través del fútbol. Por lo tanto la barra brava de Boca Juniors siempre estuvo ligada a la expansión narco en el conurbano de la Provincia de Buenos Aires. Claudio Soria, el jefe de los Gardelitos, era uno de sus jefes zonales, a cargo de todo el tráfico de drogas en el partido de San Martín y sus alrededores. Mauricio Macri ya presidía el club. Si los Ale llegaron en Tucumán a Chebaia (UCR) y Alperovich (UCR y PJ) a través de Atlético San Martín, Los Gardelitos no abandonan nunca la pasión xeneixe, que ahora tiene dimensiones presidenciales.
En el mes de mayo de 2016 un barrabrava buscado por un secuestro logró escaparse de la Policía durante un partido de Boca Juniors en la Bombonera. Se trata de Maximiliano Oetinger, el “Mey”, socio de Los Gardelitos, quien estaba sentado cómodamente al lado del Rafa Di Zeo y Mauro Martín, los líderes de la “12”. En un momento, una llamada telefónica alertó al narco-barra y se alejó del lugar sin que nadie lo detuviera, a pesar de que toda la Policía lo tenía vigilado.
Hasta hace unos pocos años los especialistas daban cuenta de un fenómeno de "favelización", que se estaba produciendo en distintas zonas del Gran Buenos Aires, llevando a que en cada zona de narcotráfico se conformara una organización delictiva con una estructura definida y cerrada. Allí se trabajaba en dos turnos diarios de 12 horas, cumpliendo funciones diferenciadas de "dealers" (transas), "soldaditos" (jóvenes armados encargados de la seguridad) e "isas", vigilando los alrededores y avisando sobre movimientos extraños.
Aunque muchos “transas” eran detestados por los habitantes de las villas y debían ser ubicados en cárceles especiales, lejos del resto de los reclusos que los atacarían al llegar, no era el caso de los “capos”, que construyeron redes de legitimidad extensa, como hacía el peruano senderista Marco Antonio Estrada González en la Villa 1.11.14 de la Ciudad de Buenos Aires.
El choque de bandas por el control del dinero del narcotráfico en la Villa Korea era apenas un recorte de otros tantos casos que se daban en varias villas de la provincia y en otras ciudades del país, como sucedió luego en Rosario y Córdoba. Aunque ráfagas de esas batallas siguen poblando el anecdotario policial, forman parte de una etapa que es parte del pasado.
El control del territorio pasó de una larga disputa de dos décadas por un territorio de dimensiones barriales (el heartland) a una expansión del mercado, con pretensiones de control monopólico, sobre partidos enteros de la provincia (San Martín y San Isidro, en el caso de Los Gardelitos). En la geopolítica del conurbano el control territorial se ejerce sobre dimensiones pequeñas pero severamente estrictas, mientras el control del mercado pretende ser al mismo tiempo amplio y cauteloso, más preocupado por la logística que por el monopolio.

En consecuencia el negocio millonario de las drogas no nace en las villas pero encuentra allí los mayores indicadores de la crueldad típica del control territorial, donde los transas actúan como verdugos sin piedad contra los “pibes chorros” y otros actores, siempre con la complicidad de la policía, como tan brillantemente retrata Cristian Alarcón en sus novelas. En ese sentido, en un sistema políticamente originado de gerenciamiento, el narcotráfico garantiza seguridad.

jueves, 5 de marzo de 2015

TORTURAR EN DEMOCRACIA: UNA DICTADURA QUE PERMANECE

Golpes, submarinos y engome: así torturan a los pibes bonaerenses
Julia Muriel Dominzain – Cosecha Roja.
http://cosecharoja.org/golpes-submarinos-y-engome-asi-torturan-a-los-pibes-bonaerenses/

La primera vez que la Policía lo torturó, Gonzalo Encina tenía 15 años. Iba en moto por González Catán y perdió el control cuando los oficiales empezaron a perseguirlo. Se cayó, se lastimó y terminó detenido. En la comisaría los agentes le tiraron sal en las heridas y se las pisaron: “se te va a hacer gangrena”, lo amenazaron. Al año siguiente lo detuvieron otra vez, lo agarraron de los pelos y le dieron una golpiza. A los 17, unos policías de Laferrere lo llevaron al calabozo de la seccional y le pegaron al grito de “vas a ver cómo te va a quedar el culo”. La última vez que se cruzó con la Bonaerense -en septiembre de 2014- lo mataron. Durante la última mitad del año se registraron 485 casos de tortura en la Provincia de Buenos Aires, según el “Informe sobre torturas y tratos inhumanos” de la Defensoría de Casación.
El registro se creó hace 15 años y tiene documentados más de 10 mil abusos de las fuerzas de seguridad. “Nos ocupamos de sistematizar los casos que relevan los defensores durante las entrevistas a los detenidos”, dijo a Cosecha Roja el defensor de casación Mario Coriolano. El 64 por ciento de los torturadores registrados durante el último año pertenecen a la Policía Bonaerense y el 33 por ciento son funcionarios penitenciarios. El 98 por ciento de las víctimas son hombres y más de la mitad pidieron mantener el relato en reserva porque temen las represalias de los agentes de seguridad. Además, el 19 por ciento son menores de 18, casi un tercio tienen menos de 13 y el 60 por ciento apenas terminó la primaria.
Los casos se repiten: a un joven marplatense le pegaron entre seis policías, no le curaron las heridas, le dispararon al lado de la oreja y lo dejaron con la ropa ensangrentada puesta. A uno de Mercedes lo embadurnaron con nafta y lo acecharon con un encendedor. A un adolescente de La Matanza le pegaron piñas y patadas en la cara, le sacaron fotos y lo amenazaron con subirlas a Facebook. En General Pueyrredón detuvieron a un pibe y lo ataron a una silla: durante dos horas, alguien que se hacía pasar por un preso le decía que lo iba a violar.

En el 59 por ciento de los casos, tortura es igual a golpes. El resto son amenazas, agresiones con arma blanca, asfixia, hostigamiento y robo de pertenencias. Algunas víctimas contaron cómo los castigaron con “el submarino”: a un joven los policías le metieron la cabeza adentro de una bolsa de nylon, a otro le tiraron gas pimienta en los ojos, le pegaron en la cara y le metieron la cabeza adentro de un tacho mientras le tiraban agua para ahogarlo.
Algunos de los jóvenes sufrieron la práctica del aislamiento, una costumbre policial y penitenciaria que viola el derecho a la educación, al esparcimiento y al contacto con la familia. ¿Cómo? Los dejan solos en la celda -esos casos se conocen como “engome”- o los llevan a celdas especiales conocidas como “buzones”. Así le pasó a un joven que terminó amenazando con tragarse una hoja de afeitar porque estaba harto de sufrir. Lo habían sancionado con 12 días de encierro: no podía salir al patio ni ir a la escuela ni a los talleres. Estuvo encerrado sin luz para cocinar, con el inodoro tapado, lleno de ratones y sin colchón ni frazada.
En 23 casos los pibes contaron que les robaron o destruyeron las pertenencias. Lo grave -además de lo material- es el daño simbólico. Según el estudio, los objetos “significan el fruto del esfuerzo de sus seres queridos, que desde afuera de los muros se preocupan y destinan los pocos medios económicos que tienen para acercarles elementos que le permitan vivir más dignamente”.
Hacinados, sin atención médica y lejos de la familia
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que la familia debe ser protegida. Pero, según el informe, en la gran mayoría de los casos relevados los detenidos están lejos de sus parientes y “pertenecen a los sectores más empobrecidos de la sociedad que apenas pueden cubrir sus necesidades básicas”. No es fácil juntar plata para pagar el transporte, la comida y el hospedaje cuando van a visitar a un hijo, un marido, o un hermano detenido.
Si alguien hace un reclamo, recibe piñas, como el relevado en Morón: el detenido fue agredido cuando reclamó un teléfono para hablar con la familia y cuando pidió atención médica. Un asmático solicitó ayuda y recibió una golpiza y dos inyecciones de corticoides que “casi le provocan un infarto”. La ausencia o deficiencia de salud fue mencionada en el 23 por ciento de los relatos.

***

El informe se presentó junto a víctimas, familiares, Amnistía Internacional Argentina, el CELS, la Campaña Nacional contra la Violencia Institucional, Instituto de Investigación sobre Jóvenes, Violencia, Droga y Narco-Crimen de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, la Oficina del Alto Comisionado de los DDHH de Naciones Unidas y otras organizaciones.
El evento fue en la Universidad de La Matanza, en el municipio donde se registraron 44 de los 485 casos. Uno de los pibes contó que los policías de una de las comisarías de la zona hostigan regularmente a él y a los amigos. Son los mismos oficiales que recaudan coimas de desarmaderos y de narcos. El joven relató que pasan con el móvil por la puerta de la casa, le muestran armas, les sacan fotos y amenazan con subirlas a Facebook y escracharlos en el barrio. Si los detienen, les pegan patadas y piñas, les tiran agua caliente, les hacen submarino seco y los amenazan de muerte para sacarles información de vecinos del barrio.

sábado, 26 de octubre de 2013

UNA SOLUCION INMOBILIARIA AL PROBLEMA DE LA VILLA 31


Una solución inmobiliaria al problema de la Villa 31
Dr. Norberto Emmerich
Sábado 26 de octubre de 2013
Alternativa Latinoamericana, un programa de CFRU 93.3 FM, la radio comunitaria de la Universidad de Guelph, Ontario, Canadá.
-audio-

jueves, 30 de mayo de 2013

YPF: LA REPRIVATIZACIÓN DEL PETRÓLEO ARGENTINO

YPF: la soberanía como bandera y el rescate como política by Norberto Emmerich

HAY UN PAÍS DONDE EL LAVADO DE DINERO ES LEY NACIONAL

Texto de la ley de blanqueo de capitales sancionada por el Congreso de la Nación el 29 de mayo de 2013
 
Título I
De la creación de los instrumentos
Artículo 1º- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a emitir el “Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE)”, registrable o al portador, y el “Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico”. Ambos instrumentos estarán denominados en dólares estadounidenses y tendrán las demás condiciones financieras que se determinen al momento de su emisión.
Los fondos originados en la emisión a efectuarse serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos.
Art. 2º– Autorízase al Banco Central de la República Argentina a emitir el “Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN)”, en dólares estadounidenses, el que será nominativo y endosable, constituyendo por sí mismo un medio idóneo para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero en dólares estadounidenses y cuyas condiciones financieras serán establecidas por normativa del Banco Central de la República Argentina.
La suscripción del referido certificado deberá tramitarse ante una entidad comprendida en el régimen de la ley 21.526 y sus modificaciones, la que recibirá los fondos por cuenta y orden del Banco Central de la República Argentina, debiendo ingresarlos en la cuenta que designe la autoridad monetaria, dentro de las veinticuatro (24) horas de recibidos los mismos.
Dicho Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN) será cancelado en la misma moneda de su emisión, por el Banco Central de la República Argentina o la institución que éste indique, ante la presentación del mismo por parte del titular o su endosatario, quedando sujeta su cancelación a la previa acreditación de la compraventa de terrenos, galpones, locales, oficinas, cocheras, lotes, parcelas y viviendas ya construidas y/o a la construcción de nuevas unidades habitacionales y/o refacción de inmuebles, en las condiciones que establezca el Banco Central de la República Argentina en su reglamentación.
Título II
Exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior
Art. 3º- Las personas físicas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, inscriptos o no, podrán exteriorizar voluntariamente la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en el presente título.
La referida exteriorización comprende la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive. También podrá incorporarse la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior que resulte del producido de bienes existentes al 30 de abril de 2013.
Art. 4º- La exteriorización de la tenencia de moneda extranjera, a que se refiere el artículo 3º de la presente ley, se efectuará:
a) Para el caso de tenencia de moneda extranjera en el país: mediante su depósito en entidades comprendidas en el régimen de la ley 21.526 y sus modificaciones, dentro del plazo de tres (3) meses calendario, contados a partir del mes inmediato siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación que al respecto dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos y en la forma que disponga la misma.
b) Para el caso de tenencia de moneda extranjera en el exterior: mediante su transferencia al país a través de entidades comprendidas en el régimen de la ley 21.526 y sus modificaciones, dentro del plazo fijado en el inciso anterior.
Cuando se trate de personas físicas o sucesiones indivisas, a los efectos del presente artículo será válida la normalización, aun cuando la moneda extranjera, que se pretenda exteriorizar se encuentre anotada, registrada o depositada a nombre del cónyuge del contribuyente o de sus ascendientes o descendientes en primer grado de consanguinidad o afinidad.
Art. 5º- El importe expresado en pesos de la moneda extranjera que se exteriorice no estará sujeto a impuesto especial alguno.
Art. 6º- Queda comprendida en las disposiciones de este título la moneda extranjera que se encontrare depositada en instituciones bancarias o financieras del exterior sujetas a la supervisión de los bancos centrales u organismos equivalentes de sus respectivos países, o en otras entidades que consoliden sus estados contables con los estados contables de un banco local autorizado a funcionar en la República Argentina.
Art. 7º- El goce de los beneficios que se establecen en la presente ley, estará sujeto a que el importe correspondiente a la moneda extranjera –incluidos los fondos originados en la realización de los bienes a que se refiere el segundo párrafo del artículo 3º- que se exteriorice, se afecte a la adquisición de alguno de los instrumentos financieros que se mencionan en el título I.
Art. 8º- Los sujetos indicados en el artículo 3º que exterioricen tenencias de moneda extranjera en la forma prevista en el inciso b) del artículo 4º, deberán solicitar a las entidades indicadas en el artículo 6º en la cual estén depositadas las mismas, la extensión de un certificado en el que conste:
a) Identificación de la entidad del exterior.
b) Apellido y nombres o denominación y domicilio del titular del depósito.
c) Importe del depósito expresado en moneda extranjera.
d) Lugar y fecha de su constitución.
Las entidades financieras receptoras de las tenencias de moneda extranjera de acuerdo a lo previsto en el inciso b) del artículo 4º, deberán extender un certificado en el que conste:
a) Nombres y apellido o denominación y domicilio del titular.
b) Identificación de la entidad del exterior.
c) Importe de la transferencia expresado en moneda extranjera.
d) Lugar y fecha de la transferencia.
Art. 9º- Los sujetos que efectúen la exteriorización, conforme a las disposiciones de este título, no estarán obligados a informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin perjuicio del cumplimiento de la ley 25.246 y demás obligaciones que correspondan, la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas, y gozarán de los siguientes beneficios:
a) No estarán sujetos a lo dispuesto por el inciso f) del artículo 18 de la ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, con respecto a las tenencias exteriorizadas.
b) Quedan liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria —con fundamento en la ley 23.771 y sus modificaciones, durante su vigencia, y la ley 24.769 y sus modificaciones— administrativa, penal cambiaria -dispuesta en la ley 19.359 (t.o. 1995) sus modificatorias y reglamentarias, salvo que se trate del supuesto previsto en el inciso b) del artículo 1° de dicha ley- y profesional que pudiera corresponder, los responsables por transgresiones que resulten regularizadas bajo el régimen de esta ley y las que tuvieran origen en aquéllas. Quedan comprendidos en esta situación los socios administradores y gerentes de sociedades de personas, directores, gerentes, síndicos y miembros de los consejos de vigilancia de sociedades anónimas y en comandita por acciones y cargos equivalentes en cooperativas, fideicomisos y fondos comunes de inversión, y profesionales certificantes de los balances respectivos.
Este beneficio no alcanza a las acciones que pudieran ejercer los particulares que hubieran sido perjudicados mediante dichas transgresiones.
c) Quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar, de acuerdo con las siguientes disposiciones:
1. Eximición del pago de los Impuestos a las Ganancias, a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas y sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias, respecto del monto de la materia neta imponible del impuesto que corresponda, el importe equivalente en pesos de la tenencia de moneda extranjera que se exteriorice.
2. Eximición de los Impuestos Internos y al Valor Agregado. El monto de operaciones liberado se obtendrá multiplicando el valor en pesos de las tenencias exteriorizadas, por el coeficiente resultante de dividir el monto total de operaciones declaradas —o registradas en caso de no haberse presentado declaración jurada— por el monto de la utilidad bruta, correspondientes al período fiscal que se pretende liberar.
3. Eximición de los Impuestos a la Ganancia Mínima Presunta y sobre los Bienes Personales y de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, respecto del impuesto originado por el incremento del activo imponible, de los bienes sujetos a impuesto o del capital imponible, según corresponda, por un monto equivalente en pesos a las tenencias exteriorizadas.
4. Eximición del Impuesto a las Ganancias por las ganancias netas no declaradas, en su equivalente en pesos, obtenidas en el exterior, correspondientes a las tenencias que se exteriorizan.
Asimismo, estarán exentos del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, los hechos imponibles originados en la transferencia de la moneda extranjera que se exteriorice, así como también los que pudieran corresponder a su depósito y extracción de las respectivas cuentas bancarias, previstos en los artículos 4º y 7º de la presente ley.
Art. 10.- La exteriorización efectuada por las sociedades comprendidas en el inciso b) del artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, liberará del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los socios, en proporción a la materia imponible que les sea atribuible, de acuerdo con su participación en la misma.
Las personas físicas y sucesiones indivisas que efectúen la exteriorización prevista en este título, podrán liberar con la misma las obligaciones fiscales de las empresas o explotaciones unipersonales, de las que sean o hubieran sido titulares.
Art. 11.- La liberación establecida en el inciso c) del artículo 9º no podrá aplicarse a las retenciones o percepciones practicadas y no ingresadas.
Art. 12.- A los fines del presente título deberá considerarse el valor de cotización de la moneda extranjera que corresponda, tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina, vigente a la fecha de la respectiva exteriorización.
Art. 13.- Será requisito, para el usufructo de los beneficios que otorga la presente que los contribuyentes hayan cumplido con la presentación y pago, al 31 de mayo de 2013, de las obligaciones de los Impuestos a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta y al Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes a los ejercicios fiscales finalizados hasta el 31 de diciembre de 2012, inclusive. El incumplimiento a lo dispuesto precedentemente, tendrá el carácter de condición resolutoria.
Las diferencias patrimoniales que el contribuyente deba expresar con motivo del acogimiento al presente régimen deberán incluirse en las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2013.
Título III
Disposiciones generales
Art. 14.- Ninguna de las disposiciones de esta ley liberará a las entidades financieras o demás personas obligadas, sean entidades financieras, notarios públicos, contadores, síndicos, auditores, directores u otros, de las obligaciones vinculadas con la legislación tendiente a la prevención de las operaciones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos previstos en leyes no tributarias, excepto respecto de la figura de evasión tributaria o participación en la evasión tributaria.
Quedan excluidas del ámbito de esta ley las sumas de dinero provenientes de conductas susceptibles de ser encuadradas en los términos del artículo 6º de la ley 25.246 relativas al delito de lavado de activos y financiación del terrorismo. Las personas físicas o jurídicas que pretendan acceder a los beneficios del presente régimen deberán formalizar la presentación de una declaración jurada al respecto; ello sin perjuicio de cualquier otra medida que resulte necesaria a efectos de corroborar los extremos de viabilidad para el acogimiento al presente.
En los supuestos contemplados en el inciso j), del punto 1 del artículo 6º de la ley 25.246 (Delitos de la Ley Penal Tributaria), la exclusión será procedente en la medida que se encuentre imputado.
Art. 15.- Quedan excluidos de las disposiciones de la presente ley, quienes se hallen en alguna de las siguientes situaciones:
a) Declarados en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en las leyes 19.551 y sus modificaciones, o 24.522 y sus modificaciones, o 25.284, según corresponda.
b) Querellados o denunciados penalmente por la ex Dirección General Impositiva de la entonces Secretaría de Hacienda del ex Ministerio de Economía y Producción, o por la Administración Federal de Ingresos Públicos, con fundamento en las leyes 23.771 y sus modificaciones o 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley.
c) Denunciados formalmente o querellados penalmente por delitos comunes, que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o las de terceros, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
d) Los imputados por delitos vinculados con operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges y parientes en el segundo grado de consanguinidad o afinidad ascendente o descendente.
e) Las personas jurídicas -incluidas las cooperativas- en las que, según corresponda, sus socios, administradores, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, consejeros o quienes ocupen cargos equivalentes en las mismas, hayan sido denunciados formalmente o querellados penalmente con fundamento en las leyes 23.771 y sus modificaciones o 24.769 y sus modificaciones o por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o las de terceros, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
f) Los que ejerzan o hayan ejercido la función pública, sus cónyuges y parientes en el segundo grado de consanguinidad o afinidad ascendente o descendente en referencia exclusivamente al título II, en cualquiera de los poderes del Estado nacional, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, los sujetos que se acojan al régimen establecido por la presente ley, deberán previamente renunciar a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo con relación a las disposiciones del decreto 1043 de fecha 30 de abril de 2003, o para reclamar con fines impositivos la aplicación de procedimientos de actualización de cualquier naturaleza. Aquellos que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley ya hubieran promovido tales procesos deberán desistir de las acciones y derechos invocados en los mismos.
En el caso de la renuncia a la que hace referencia el párrafo anterior, el pago de las costas y gastos causídicos se impondrán en el orden causado, renunciando el fisco al cobro de multas.
Art. 16.- La Administración Federal de Ingresos Púbicos estará dispensada de formular denuncia penal respecto de los delitos previstos en las leyes 23.771 y sus modificaciones y 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, así como el Banco Central de la República Argentina de sustanciar los sumarios penales cambiarios y/o formular denuncia penal respecto de los delitos previstos en la ley 19.359 (t.o. 1995) y sus modificaciones –salvo que se trate del supuesto previsto en el inciso b) del artículo 1° de dicha ley-, en la medida que los sujetos de que se trate adhieran al régimen previsto en el título II de la presente ley.
Art. 17.- Suspéndese con carácter general por el término de un (1) año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización esté a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales.
Art. 18.- La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentará el título II de la presente ley y dictará las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación.
Art. 19.- El Banco Central de la República Argentina será la Autoridad de Aplicación con respecto a los Certificados de Depósito de Inversión y dictará las normas reglamentarias y complementarias pertinentes, inclusive el procedimiento a seguir en caso de extravío o sustracción.
Art. 20.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a prorrogar los plazos previstos en el presente régimen.
Art. 21.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público y entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 22.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

EN EL PAÍS DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA POLICÍA DIRIGE EL NARCOTRÁFICO

Sonrisa, el joven que denunció torturas y apareció muerto en la casa de un policía
http://www.lanacion.com.ar/1581998-sonrisa-el-joven-que-denuncio-torturas-y-aparecio-muerto-en-la-casa-de-un-policia

Vivía en San Pedro, Jujuy; su padre pide que se investigue; varias familias de esa localidad acusan a la fuerza de abusos, amenazas y detenciones arbitrarias
A las tres de la tarde en San Pedro, Jujuy, el locutorio de Telecentro cierra, el doctor Tarifa deja de atender, la feria de la plaza Manuel Belgrano se hace invisible y los que no duermen la siesta, toman mate. Por eso cuando el oficial puso a calentar el agua, "Sonrisa" pensó que se iba a preparar uno y le dejaría de pegar. Era la décima vez que caía en la misma comisaría, siempre por averiguación de antecedentes y delitos menores que nunca le pudieron comprobar. "Sonrisa" sabía que cuando lo llevaban a esa salita tenía que soportar un par de golpes, algunas amenazas y después lo largaban. Pero la tarde del 3 de noviembre de 2011 ya lo habían pateado, ya le habían puesto una bolsa en la cabeza para dejarlo sin aire, ya lo habían amenazado. Y no paraban.
Lo llevaron a esa habitación con cuatro paredes blancas, manchas de humedad y una banqueta de cemento adherida al suelo. Entre los detenidos la conocen como la salita de la tortura. Con las manos esposadas en la espalda y dos policías de infantería sosteniéndolo de los hombros, "Sonrisa" soportó en silencio los golpes. Pero cuando el oficial fue a buscar la pava con agua hirviendo y se la tiró en la zona derecha del estómago, no aguantó más y con las últimas fuerzas que le quedaban aulló del dolor, se paró y le pegó un cabezazo. Mareado, el oficial quedó tirado en el piso con la cara ensangrentada. Desfigurado, "Sonrisa" quedó con la carne viva en la panza y tan golpeado que tuvo que pasar por dos hospitales: el de San Pedro y el de la Esperanza, a tres kilómetros, donde le hicieron las curaciones. Allí permaneció detenido durante nueve días.
"El oficial fue a buscar la pava con agua hirviendo y se la tiró en la zona derecha del estómago", cuenta el padre de Martín.
Juan Gómez relata con la voz firme y sin pausa la historia de su hijo, Martín. Cuenta que le decían "Sonrisa" por su permanente buen ánimo. Conteniendo el llanto, da los detalles precisos sobre cómo lo torturaron. Dice que era un chico laburante, pero que se vino abajo por culpa del paco. Que cuando empezó a fumar se le fue desdibujando la sonrisa, estaba más callado y había días en que no volvía a la casa. Que todo se desmadró cuando la policía lo empezó a usar de "mula" para trasladar la droga de Bolivia a Jujuy. Que cuando quiso dejar de hacerlo lo amenazaron. Y que cuando se animó a dejar de hacerlo lo mataron.
El operativo de selección de mulas es siempre el mismo, dice el padre de la víctima. Agarran a los chicos que están más metidos en el paco y los convencen con la promesa de darle algunos "papeles" para fumar. "Sonrisa" fue uno de ellos, así que conocía bien cómo era el accionar y sabía los nombres de los policías en funciones y retirados que se encargaban del tema. Siempre los llevaban en autos particulares hasta la frontera que divide a Salta con Bolivia, en Pocitos. Cruzaban caminando y trasladaban los kilos de paco hasta San Salvador sin que nadie los revisara, asegura Juan.
"Sonrisa" duró un año haciendo ese "trabajo" hasta que su papá logró sacarlo de la calle e internarlo en un hospital psiquiátrico. Ahí se la pasaba participando de actividades y talleres. El que más le gustaba era el de manualidades y disfrutaba de hacer pulseritas de macramé. Juan explica que mandarlo a un centro de rehabilitación era peor que dejarlo libre, por eso eligieron el hospital. Además consiguió la autorización para internarlo justo quince días después de que la policía lo quemó con agua hirviendo, y lo quería sacar de la calle porque tenía miedo.
Juan lo visitaba dos veces por semana y en cada encuentro le llevaba facturas, yogurt, gaseosas y caramelos que "Sonrisa" repartía entre los internos. La rehabilitación duró cuatro meses, entre fines de noviembre y febrero del año pasado, hasta que una junta médica le dio el alta. Cuando "Sonrisa" volvió a San Pedro, había recuperado algo de su particular buen humor. Pero ya no se lo veía andando sólo por las calles. Sólo salía a la mañana para ir a trabajar en la construcción con su papá, y a la noche para cursar en el colegio de adultos que quedaba a cuatro cuadras de su casa.

De la recuperación a la muerte
Cuando las cosas parecían encaminadas para bien en la vida de la familia Gómez, la suerte cambió de golpe. Cuatro meses después de su recuperación, el domingo 17 de junio del año pasado, esa tarde en la que Arsenal goleó a Boca por 3 a 0, "Sonrisa", que estaba mirando el partido, decidió vencer el miedo y salir solo a la calle a visitar a una amiga. Juan dudó en acompañarlo, pero dejó que saliera con la promesa de que iba a estar de vuelta para la cena, así festejaban juntos el Día del Padre. Fue cerca de las diez de la noche cuando un amigo del barrio tocó la puerta una, dos, tres veces. "Sonrisa tuvo un accidente, tenemos que ir a verlo".
Lo encontraron en la morgue. La autopsia dice que la muerte de Martín Gómez fue por asfixia mecánica. Según le dijo la policía a Juan, "Sonrisa", que tenía 29 años, medía un metro 85 y pesaba 83 kilos, entró a robar en una casa y se asfixió cuando quiso escapar por el ventiluz del baño, que tenía 60 centímetros de ancho y 25 de alto. También le dijeron que la marca de un golpe que "Sonrisa" tenía en el pómulo derecho no era importante para la investigación. Otro detalle al que le restaron importancia es que en la casa en la que murió "Sonrisa" vivía un policía, según asegura Juan.
En la fiscalía de Investigaciones n° 9 de San Pedro, que en su momento estaba a cargo del Dr. Carlos Emilio Catán, la causa por la muerte de "Sonrisa" quedó archivada. Según informaron a LA NACION fuentes de la propia fiscalía, la intervención en el hecho fue de oficio, no por una denuncia. Cuando recibieron el informe forense que establecía que Martín Gómez se había asfixiado con la campera, la investigación se cerró.
Juan siguió averiguando por varios medios quién podía ayudarle a esclarecer las circunstancias de la muerte de su hijo. Ya había hecho denuncias por torturas cuando Martín estaba vivo. No tuvo novedades sobre eso. Tampoco supo nada más sobre qué sucedió aquella fatídica noche del 17 de junio. Entre tanto, Juan cuenta que su hermano y su hijo menor fueron detenidos y amenazados por la policía. Asegura que el mensaje es para él: que se deje de joder con las denuncias. Que deje la muerte de su hijo archivada como está. Pero no se dejó amedrentar y se juntó con otros familiares y víctimas de torturas, apremios ilegales y muertes para que la denuncia tuviera más peso. Fue tanta la insistencia, que lograron tener una reunión en el salón blanco de la casa de gobierno de Jujuy, donde pudieron contar con detalles cómo fueron las torturas. De ese encuentro, dice, tampoco surgió una respuesta que dejara satisfechas a las familias . En la reunión, en octubre del año pasado, estuvieron el ministro de Gobierno y Justicia Oscar Insausti, la secretaria de Derechos Humanos de la provincia Natacha Fraijo, el diputado nacional Remo Carlotto y algunos organismos de DD.HH.
A través de la Secretaría de DDHH se canalizaron las denuncias, en las que familiares y víctimas dejaron constancia de las vejaciones y tormentos que vivieron en diversas circunstancias. Las acusaciones por esos hechos apuntaron a la policía local, principalmente a dos oficiales de San Pedro, que son los que más aparecen nombrados por las víctimas (ver aparte). Las denuncias, que son alrededor de 30, aseguran en la Secretaría, fueron trasladadas a la Sede Judicial de San Pedro.
La Secretaría también solicitó un informe sobre la situación a la Policía de Jujuy, aunque en la fuerza negaron estar al tanto de estos hechos.

   http://www.scribd.com/doc/141753777"  style="text-decoration: underline;" >denuncia.pdf


Cansados de esperar, los familiares decidieron darle más difusión a sus reclamos. El primer fin de semana de este mes viajaron cuarenta personas desde Jujuy a Buenos Aires para participar en el encuentro Nacional contra la Violencia Institucional. La lucha no terminó ahí. Juan y dos compañeros más decidieron quedarse en la ciudad para visibilizar el tema.
"Te levantan en la calle por averiguación de antecedentes y terminás incomunicado y torturado por la policía, o trabajando para ellos", cuenta Pablo Juárez, militante del movimiento 24 de marzo- Nunca más y compañero de Juan. Juárez cuenta que la gente tiene miedo de denunciar. Juan le da la razón. "Yo también tengo miedo. Si a mí o a mi familia le pasa algo cuando vuelva a San Pedro, culpo directamente al Estado, porque es el Estado el que tiene que manejar a la policía. Nadie nos da respuestas, solicitamos un habeas corpus, hicimos todas las denuncias que teníamos que hacer, pero nada", dice Juan mientras acaricia una foto de "Sonrisa".

La respuesta de la Secretaria de DD.HH.
La secretaria de Derechos Humanos de la provincia de Jujuy, Natacha Fraijo, dijo estar al tanto de las denuncias. "Estamos trabajando en los casos, hemos tenido reuniones con familias y víctimas y pedimos informes sobre los policías denunciados", dijo Fraijo a LA NACION. "Nos preocupa la situación, pero la Policía no depende de nosotros y hay instancias investigativas que tenemos que derivar", explicó la funcionaria. Por otra parte, señaló que implementarán "cuestiones preventivas", como visitas a los lugares de detención para verificar las condiciones de los mismos.También señaló que aún "no hay un mecanismo para la implementación" del Sistema de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. "Es una ley muy nueva, estamos trabajando para que se aplique, mientras tanto, queremos que la Secretaría funcione al menos en la prevención. Somos un equipo muy reducido, trabajamos con los recursos que tenemos", se justificó Fraijo.

Qué dice la policía
Consultado por LA NACION, el comisario Inspector Ernesto Guillermo Corro, director de prensa de la policía de la provincia de Jujuy, dijo: "No recibimos ninguna denuncia formal. No se está investigando ningún caso como ese desde la policía. Es posible que las denuncias hayan sido presentadas ante la fiscalía de San Pedro, y la fiscalía esté llevando la investigación de manera reservada. De ser así, hasta que ellos no lo comuniquen a la jefatura de policía, no se puede comenzar ninguna investigación interna en la fuerza".
En cifras. Del último relevamiento hecho por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) surge que en 2007 hubo 21.546 detenciones policiales sin imputación de delito en la provincia de Jujuy. La mayoría (más de 18.000) correspondieron a detenciones para identificar o averiguar antecedentes, y el resto al código de faltas local.

Qué dice la ley
La Ley Orgánica de la Policía de Jujuy permite a los efectivos detener a personas para "conocer sus antecedentes y medios de vida en circunstancias que lo justifiquen o cuando se nieguen a ser identificados". Esta detención no puede exceder las 24 horas. Sin embargo, en ninguna provincia está avalado por la ley mantener incomunicado a un detenido sin orden judicial, mucho menos si la persona fue aprehendida con la sola excusa de "averiguar sus antecedentes".
Desde la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) explican que, de todas formas, en la práctica esto se hace, y que el problema es la naturalización del accionar ilegal de la policía. "En los hechos, un policía termina teniendo más facultades para detener a una persona que un juez o un fiscal", sostienen desde Correpi y aseguran que la única forma de prevenir la tortura y el abuso policial es castigar al torturador, dejar de naturalizar acciones que deberían ser duramente sancionadas por la ley..

Un antecedente en el norte:
El año pasado se difundió a través de los medios un video que mostraba cómo era torturado un joven detenido en la comisaría de General Güemes, Salta. El caso desató un escándalo y volvió a poner sobre el tapete el debate sobre las prácticas represivas de la policía en todo el país.

LA POLICÍA SIEMPRE ES MÁS PELIGROSA

Homicidios de menores: la muerte de Omar y otras sospechas sobre la policía bonaerense
http://www.lanacion.com.ar/1586589-homicidios-de-menores-la-muerte-de-omar-y-otras-sospechas-sobre-la-policia-bonaerense

Se trata de niños que denunciaron hostigamiento policial y luego fallecieron en tiroteos, en su mayoría a manos de efectivos de la fuerza; todos ocurrieron en La Plata; un defensor pidió a la Suprema Corte que impulse las investigaciones.
Ese viernes Omar se levantó al mediodía. No había salido la noche anterior, y se sentía como nuevo. Los vecinos del barrio se movían al ritmo del calor del mes de febrero. Se encontró con sus amigos en la esquina. Se subió a una moto que le prestaron y dio varias vueltas a la manzana. En una de esas rondas, cruzó por el frente de su casa. Parada junto al portón blanco, Sandra, su mamá, lo vio pasar. Él le sonrió y los ojos celestes le brillaron. Sandra lo siguió con la mirada hasta que desapareció más allá de las vías del tren. Esa fue la última vez que lo vio con vida.
Apenas unos minutos después, cuando Omar Cigarán, de 17 años, llegó a la intersección de las calles 43 y 115, en el barrio Hipódromo de La Plata, un policía de civil, que tenía el auto estacionado, le disparó a quemarropa. El efectivo declararía luego que Omar tenía un arma, que con esa arma le apuntó a otro policía de civil para robarle la moto. Las cámaras de seguridad no filmaron ese momento. Los amigos de Omar, que estaban a unos 100 metros del lugar, no alcanzaron a divisar la secuencia de hechos que dejó al adolescente estampado contra el asfalto, en medio de un charco de sangre. Sandra, que corrió a su encuentro al enterarse de lo sucedido, se desmayó.
En el lugar, cuenta la familia, no se encontró la supuesta arma que habría usado Omar. La hallaron en la morgue, cuando lo desnudaron. Estaba escondida en su ropa interior. O al menos eso le dijo la policía a Sandra.
El caso fue caratulado como "intento de asalto" y hubiera quedado así de no ser porque detrás de esto había una larga historia de denuncias de torturas, malos tratos y hostigamientos por parte de la policía bonaerense.

Seis menores muertos
El triste destino de Omar también lo sufrieron otros cinco menores en La Plata en el último año, todos ellos con historias similares y que en su mayoría terminaron muertos a manos de la policía.
1. Rodrigo Simonetti, de 11 años, fue encontrado muerto el 5 de junio de 2012 en Tolosa a causa de una brutal golpiza.
2. Maximiliano De Leon, de 14 años, murió el 1 de agosto de 2012, al recibir un disparo en la espalda cuando supuestamente intentaba robar en la casa de un policía administrativo en Villa Elvira.
3. Franco Quintana, de 16 años, falleció el 27 de diciembre en medio de un tiroteo desatado durante un supuesto robo en la esquina de las calles 13 y 32.
4. Axel Lucero, de 16 años, recibió un disparo mortal el 27 de febrero de 2013, en la intersección de las calles 7 y 80, en circunstancias similares a las de Omar.
5. Bladimir Garay, también de 16, fue baleado y muerto luego de un supuesto raid delictivo en el que la policía dijo que participó, el 19 de mayo de 2013.
Para el defensor del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de La Plata, Julián Axat, no se trata de casualidades, sino de hechos que no fueron investigados con rigor. Las seis muertes, sostiene Axat, tienen varios aspectos en común: en todos los casos "existía en forma directa o indirecta responsabilidad de las aéreas de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, en términos de contención"; todos los niños habían pasado por comisarías de La Plata; los chicos eran de zonas precarias "y se encontraban en situación de vulneración de sus derechos, con atención por parte del Estado sumamente precaria o nula"; todas las muertes ocurrieron "en circunstancias confusas" y en su mayoría con la participación "de las fuerzas de seguridad en actos de servicio o fuera de ellas".
Otro punto en común es que, previo a sus muertes, las familias de los menores habían denunciado en varias oportunidades a la Policía Bonaerense por violencia institucional u hostigamiento.
Por este motivo, Axat realizó una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires para que se investigue a fondo cómo sucedieron las muertes de estos menores.
El defensor considera que la "baja calidad investigativa" de estas causas deja "un manto de sospecha sobre el trasfondo" de los hechos.
"Queremos que se pruebe si son realmente casos de legítima defensa o de un accionar legal de la fuerza, o se trata directamente de ejecuciones", dijo Axat a LA NACION. "Los fiscales suelen creer todo lo que dice la policía sin investigar otras aristas", sostuvo el defensor. Axat reclama también que se aparte a la bonaerense de las investigaciones de los casos en los que están implicados efectivos de la fuerza.

En busca de contención
Entre las similitudes que Axat destaca de la vida de estos menores está la marginalidad. Milton, padre de Omar, admite que era un chico difícil, inquieto, que se metía en problemas. A los 9 años arrancó con la droga. Aspiraba poxi-ran, fumaba marihuana y tomaba pastillas.
"Intentamos sacarlo adelante, cada vez que terminaba en un instituto íbamos todos los días a verlo. Nada parecía funcionar", dice Milton. Él y Sandra fueron a todos los centros de rehabilitación a los que pudieron acceder. Sandra rogaba que lo retengan ahí adentro, estaba segura de que era la única forma de que su hijo no terminara muerto.
"Realmente hicimos todo lo que pudimos. Yo no justifico las cosas malas que hacía mi hijo, pero eso no significa que la policía lo pueda matar como a un perro", dice Sandra, conteniendo el llanto.
En los institutos, Omar se enganchaba con los talleres de manualidades. Hacía cisnes de papel, portarretratos, barcos de madera, y adornos con carteles que decían "mami y papi los amo".
Todas esas artesanías forman hoy parte de una especie de altar en el comedor de la familia Cigarán. Un retrato ampliado de la cara de Omar corona el mueble donde están todos sus recuerdos.

Muerte anunciada
El padre de Omar cuenta que a su hijo lo levantaban todo el tiempo en los patrulleros. Le decían que era por averiguación de antecedentes. "Lo golpeaban, le robaban todo lo que tenía encima, y lo tiraban en la calle", recuerda.
El acoso se fue haciendo cada vez peor. Los últimos meses antes de su muerte, a Omar lo perseguían personas en autos de civil. Le sacaban fotos. Una vez lo siguieron hasta su casa y balearon la puerta. Omar tenía miedo y así se lo dijo a su padre. Milton hizo las denuncias. Lejos de dejarlo en paz, la persecución se hizo cada vez mayor, a tal punto que Omar ya casi no salía solo a la calle.
La noche anterior a la muerte de su hijo, Sandra, que estaba en su casa, sintió un estallido. Le habían reventado la puerta. Unos 15 policías de la bonaerense ingresaron a la vivienda. Uno de ellos, cuenta, le apoyó un arma en la cabeza. "¡¡¡¿Dónde está el guacho?!!! ¡¡Entregalo!!", dice Sandra que le gritaba uno de los uniformados. Le dijeron que tenían una orden de allanamiento. A ella no le sorprendió, ya era moneda corriente que la policía entrara a su casa a cualquier hora buscando supuestas cosas que su hijo había robado. Siempre se iban con las manos vacías.
Con su hijo menor en brazos llorando a los gritos, Sandra les rogó que se vayan. Que Omar no estaba. Los policías siguieron dando vuelta la casa durante unos minutos. Cuando por fin se dieron por vencidos, fueron saliendo en fila por el pasillo que da a la calle, mientras le gritaban a los vecinos que se metan en sus casas, que no era asunto suyo. Uno de ellos se quedó unos segundos más en la vivienda. "Cuando aparezca el guacho, más te vale que lo lleves a la comisaría. Mañana lo tenés muerto", dice Sandra que le dijo amenazante el policía. Omar murió al día siguiente.
En la pared de la esquina de su casa un graffitti reza "Omar presente". Sandra observa el lugar donde su hijo se reunía con los pibes del barrio. Gira la cabeza hacia la vía como esperando verlo llegar. Pero no hay nadie. Los chicos ya no se juntan en esa zona. Pocos de ellos se animan a salir a la calle solos después de lo que le pasó a Omar.
"¡¿Cómo vivo ahora?! Con miedo y dolor", se pregunta y se responde Sandra, ahogando el llanto. "A veces pienso que esto es sólo una pesadilla. Que me voy a despertar y Omar va a volver a casa".